Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0179/2014

N° Receptoría: F-1VI-279-C2014

Fecha: 2014-03-14

Carátula: OPAZO CAMPOS GUILLERMO S/ SUCESION AB INTESTATO

Descripción: INICIA SUCESION

EXPTE. Nº: 0179/2014.-

CARATULA: "OPAZO CAMPOS GUILLERMO S/ SUCESION AB INTESTATO".-

Viedma, de marzo de 2014.-

Por presentados, parte y por constituido el domicilio.-

Agréguese la documentación acompañada.-

Estando prima facie acreditada la legitimación y resultando que el Juzgado es competente para entender en el proceso, a mérito de la partida de defunción acompañada, declaro abierto el juicio sucesorio intestado de GUILLERMO OPAZO CAMPOS.-

Publíquense edictos por tres días en el Boletín Oficial y en el diario Río Negro citando a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el mismo, para que dentro de treinta días lo acrediten. Oportunamente dése intervención a Fiscalía de Estado y al Ministerio Público Fiscal (arts. 689, 690, 693, 699 y ccdtes. del CPCC) líbrese oficio al Registro de la Propiedad Inmueble a los fines previstos por el art. 6 de la ley 133.-

Inscríbase la presente sucesión en el Registro Público de Juicios Universales.-

Previo abónese la suma de $ 281,25 por Sellado de Actuación y $ 7,50 para completar el aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897 (modif. por ley 4132), bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-

Rosana Calvetti

Juez

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro