include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 1144/2009
Fecha: 2014-03-14
Carátula: GILARDI LIDIA ELVIRA C/ LANDIVAR CARLOS RUBEN Y OTRO S/ EJECUTIVO
Descripción: rec. nhl - concede ap. en dif. - embargo
EXPTE. Nº 1144/2009
CARATULA: GILARDI LIDIA ELVIRA C/ LANDIVAR CARLOS RUBEN Y OTRO S/ EJECUTIVO
Viedma, de marzo de 2014.-
Al escrito de fs. 299:
Por interpuesto recurso de revocatoria con apelación en subsidio.-
Toda vez que a fs. 298 se procedió a la devolución del escrito presentado por la parte recurrente en mérito de lo dispuesto en el punto 3) de dicha resolución, y no por falta de personería, a los recursos interpuestos no ha lugar.-
Proveyendo a fs. 300:
Atento las razones expuestas y constancias de la causa, tiénese por interpuesto recurso de apelación, concédase el mismo en relación y con efecto diferido (conf. art. 557 del CPCC). Téngase presente la fundamentación en los términos del art. 244 del CPCC.-
Al escrito de fs. 301:
Atento que la ejecutada "El Bañado SRL" no se encuentra notificada, a lo peticionado no ha lugar debiéndose estar a lo dispuesto a fs. 298.-
Atento lo solicitado y el estado de autos, trábese embargo sobre el inmueble Matrícula 17-9432/10, ubicada en la parcela 13B de la manzana 943 del Balneario Las Grutas, Nomenclatura Catastral 17-1-N-943-13B -UF10, por la suma de $ 473.771,89 en concepto de capital de sentencia incluidos los honorarios, con más la suma de $ 45.041 presupuestada para responder a intereses, costas y costos de la ejecución, siempre y cuando se encuentre a nombre de los demandados. A tal fin, líbrese oficio al Registro de la Propiedad Inmueble, tiénese presente las personas autorizadas a diligenciarlo.-
Rosana Calvetti
Juez
<*****>
Poder Judicial de Río Negro