Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0616/2011

N° Receptoría:

Fecha: 2014-03-14

Carátula: EL CARMEN S.A. S/ CONCURSO PREVENTIVO

Descripción: SENTENCIA INTRODUCCION

Viedma, de marzo de 2014.-

VISTOS: los presentes autos caratulados "EL CARMEN S.A. S/ CONCURSO PREVENTIVO", Expte N° 0616/2011, traídos a despacho a los fines de resolver, y;

CONSIDERANDO:

1.- Que a fs. 645/648 se presentó El Carmen S.A, por medio de apoderado y efectuó, de conformidad con lo dispuesto por los arts. 36, 43 y 44 de la Ley de Concursos y Quiebras, la propuesta de acuerdo preventivo dirigida a los acreedores declarados verificados y admisibles en el presente proceso concursal. Posteriormente, a fs. 662, 664/680 y 682/685 acompañó las conformidades obtenidas y manifestó haber logrado las mayorías necesarias.-

2.- Que para analizar el presente caso se debe recurrir a las disposiciones previstas en los arts. 43, 45, 47 49, 50, 52, 57 y concordantes de la Ley de Concursos y Quiebras.-

3.- Que en ese orden se debe tener en cuenta que en el caso la concursada ha logrado que las mayorías previstas en el art. 45 LCQ acepten la propuesta realizada. A ello debe agregarse que el norte de los procesos de concursamiento ha de ser mantener en funcionamiento la empresa concursada y tender a lograr su normalización desde lo económico y financiero. Así, toda vez que la propuesta de acuerdo preventivo presentada por la concursada cumple en lo sustancial con los recaudos legales señalados en el considerando anterior, de conformidad con lo dispuesto en el art. 52 de la citada norma legal, cabe su homologación.-

Por todo lo expuesto,

RESUELVO:

I.- Homologar las propuestas de acuerdo preventivo presentadas por El Carmen S.A. a fs. 645/648.-

II.- Regístrese, protocolícese y notifíquese.-

Rosana Calvetti

Juez

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