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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0090/2010
Fecha: 2014-03-13
Carátula: LINARES BALDA ERNESTO MARTIN S/ SUCESION AB INTESTATO
Descripción: no hace lugar
EXPTE. N° 0090/2010
CARATULA: LINARES BALDA ERNESTO MARTIN S/ SUCESION AB INTESTATO
Viedma, de marzo de 2014.-
Toda vez que los herederos declarados en autos, son mayores, capaces y poseedores de la herencia, hágase saber que deberá procederse a la inscripción del automotor a favor de los herederos declarados. En consecuencia, a la inscripción en la forma peticionada no ha lugar, procediéndose a la devolución de la documental acompañada.-
Sin perjuicio de ello hágase saber al letrado que sólo detenta personería con relación al heredero Fabián Osvaldo Linares Chirinos y que deberá estarse a lo requerido por el representante de la caja forense a fs. 66 vta.-
Luciano Minetti Kern
Secretario Subrogante
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Poder Judicial de Río Negro