Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0090/2010

N° Receptoría:

Fecha: 2014-03-13

Carátula: LINARES BALDA ERNESTO MARTIN S/ SUCESION AB INTESTATO

Descripción: no hace lugar

EXPTE. N° 0090/2010

CARATULA: LINARES BALDA ERNESTO MARTIN S/ SUCESION AB INTESTATO

Viedma, de marzo de 2014.-

Toda vez que los herederos declarados en autos, son mayores, capaces y poseedores de la herencia, hágase saber que deberá procederse a la inscripción del automotor a favor de los herederos declarados. En consecuencia, a la inscripción en la forma peticionada no ha lugar, procediéndose a la devolución de la documental acompañada.-

Sin perjuicio de ello hágase saber al letrado que sólo detenta personería con relación al heredero Fabián Osvaldo Linares Chirinos y que deberá estarse a lo requerido por el representante de la caja forense a fs. 66 vta.-

Luciano Minetti Kern

Secretario Subrogante

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro