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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 29096IV
Fecha: 2014-03-12
Carátula: BONFANTI Elbio Néstor S/ SUCESION AB INTESTATO
Descripción: PREVIO
"BONFANTI Elbio Néstor S/ SUCESION AB INTESTATO"
(Expte. Nro. 29096IV)
//neral Roca, 12 de marzo de 2014.-j
Proveyendo el escrito de fs. 129, al punto I, obsérvase la cesión de derechos hereditarios por cuanto no recae sobre su universalidad sino sobre un bien inmueble en particular (arg. art. 3322, nota al art. 3423 y conc. Código Civil ).-
Al punto II, previo a lo solicitado, acompáñense condiciones de dominio, gravámenes e inhbiciones y libres deudas debidamente actualizados y a los fines de inscribir la declaratoria de herederos.-
Proveyendo el escrito de fs. 132, agréguese.-
Hágase saber que los informes de dominio, gravámenes e inhibiciones y libres deudas tienen una vigencia de quince días (conf. Ley 810, Decreto Provincial K Nro. 1720 del 04/11/1983 y Ley Nacional 17801).-
Dra. Andrea V. de la Iglesia
Jueza
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Poder Judicial de Río Negro