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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0890/2013
N° Receptoría: D-1VI-875-C2013
Fecha: 2014-03-10
Carátula: AGENCIA DE RECAUDACION TRIBUTARIA C/ CARMAR S.R.L. S/ EJECUCION FISCAL
Descripción: debe denunciar domicilio
EXPTE Nº 0890/2013
CARATULA: AGENCIA DE RECAUDACION TRIBUTARIA C/ CARMAR S.R.L. S/ EJECUCION FISCAL
Viedma, de marzo de 2014.-
Advirtiéndose en este estado que la cédula de notificación obrante a fs. 27 ha sido devuelta por no existir el numeral del domicilio fiscal que fuera denunciado por la parte al iniciar la presente acción y toda vez que dicho dato debe ser recabado por la parte en forma adecuada de conformidad con el requisito previsto en el art. 330 CPCC, en uso de las facultades conferidas por el art. 36 del código citado y en aras del debido derecho de defensa que asiste a las partes, corresponde revocar por contrario imperio lo dispuesto en la providencia de fs. 40.-
En consecuencia, hágase saber a la parte actora que previo a la continuidad de las actuaciones deberá denunciar nuevo domicilio para notificar a la ejecutada.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro