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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37389
Fecha: 2014-03-10
Carátula: BISCONTI Osvaldo J. y otra C/ MUNICIPALIDAD VILLA REGINA S/ ORDINARIO
Descripción: *PROVIDENCIA
"BISCONTI Osvaldo J. y otra C/ MUNICIPALIDAD VILLA REGINA S/ ORDINARIO"
(Expte. Nro. 37389)
//neral Roca, 10 de marzo de 2014.-c
Proveyendo el escrito de fs. 1210, previamente deberá suscribir la petición el Dr. Hernán Mones.
Agréguese.
Proveyendo el escrito de fs. 1211, por la etapa de ejecución de honorarios -a partir de fs. 852- regulo por acrecidos los honorarios del Dr. Hernán Mones y los de la Dra. Graciela M. Tempone -apoderados- en la suma de $ 12.000.- en conjunto (M. B. $ 94.803,84.- arts. 6, 7, 8, 9, 10 y 41 de la ley 2212), los que deberán ser soportados por la demandada.-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente el tiempo transcurrido hasta la fecha y tendiente a que el acreedor consiga percibir sus acreencias, la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas de la causa y el resultado obtenido a través de aquella.-
Cúmplase con la ley 869 y notifíquese.-
Dra. Andrea V. de la Iglesia
Jueza
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Poder Judicial de Río Negro