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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 36958
Fecha: 2006-06-02
Carátula: MUNICIPALIDAD GRAL. ROCA C/VALDERREY, Osvaldo Hugo S/ Ejecutivo
Descripción: Sen.TRANCE
EJECUTIVO: SENTENCIA
//neral Roca, 2 dE JUNIO de 2006.=
AUTOS Y VISTOS: No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido según informa la actuaria en este acto, désele por perdido el derecho que ha dejado de usar.-
Por ello, con lo pedido y lo dispuesto por el art. 531 del CPC,
FALLO: Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución, hasta tanto el ejecutado:
OSVALDO HUGO VALDERREY............................. haga al acreedor MUNICIPALIDAD DE GENERAL ROCA.................., íntegro pago del capital reclamado de $ 4.316,61.- más los intereses, costos y costas de la ejecución (art. 68 y 551 CPC), regulando los honorarios del Dr. Pablo Bergonzi en $..545.... arts. 6, 7 y 40 ley 2212 RN).-
Notifíquese, cúmplase con la ley 869. REGISTRESE.-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa y el resultado obtenido a través de aquella (art. 6, 6 bis, 7, ley 2212 RN).
Oportunamente, pase los presentes al Defensor Oficial Dr. Gaya.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro