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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0667/2008
Fecha: 2014-03-06
Carátula: COLOS ADRIANA MARGARITA Y OTROS C/ VERA AMERICA Y OTRO S/ USUCAPION
Descripción: CEDULA SECRETARIA-con preguntas por pantalla
PROVINCIA DE RÍO NEGRO
PODER JUDICIAL
Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería N° 3
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C É D U L A
Señor: Dra. Analía M. Cufré
Domicilio: 25 de mayo 125 - (constituido)
Ciudad: VIEDMA
Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "COLOS ADRIANA MARGARITA Y OTROS C/VERA AMERICA Y OTRO S/USUCAPION", Expte. Nº 0667/2008, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría a mi cargo, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: Viedma, marzo de 2.013.- ... Teniendo en cuenta las características de la documental reservada en Secretaría a fs. 79 y 132 bajo registros C-230/08 y C-150/09 respectivamente, y conforme lo ordenado a fs. 285, procédase a su devolución a su presentante Dra Analía M. Cufré mediante cédula al domicilio por ella constituido.- Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez ".-
QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO
Viedma, de marzo de 2014.-
*05TXHO.7NDB5U*
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Poder Judicial de Río Negro