Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0919/2011

N° Receptoría:

Fecha: 2014-03-05

Carátula: PORTEL RICARDO C/ TIERI DOMINGO JUDA S/ ORDINARIO

Descripción: INICIA DEMANDA - vista ART

EXPTE N° 0919/2011

CARATULA: PORTEL RICARDO C/ TIERI DOMINGO JUDA S/ ORDINARIO

Viedma, de marzo de 2014.-

Agréguese la documentación acompañada y resérvese en Secretaría el original del boleto compraventa.-

Por promovida demanda, la que tramitará según las normas del proceso ordinario (art. 319 del CPCC), córrase traslado al demandado por el término de 17 días, a quien se cita y emplaza para que la conteste, oponga excepciones y acompañe la documental de que intente valerse, bajo el apercibimiento previsto en los arts. 59, 60 y 356 del CPCC, haciéndosele saber que tanto su silencio, como las respuestas evasivas o la negativa general se estimará como reconocimiento de la verdad de los hechos pertinentes y lícitos expuestos en la demanda, como reconocimiento o recepción de la documentación presentada y que en caso de decretarse su rebeldía se eximirá a la contraparte de acreditar los hechos invocados, que se tendrán por ciertos, salvo que fueran inverosímiles. Notifíquese por cédula con entrega de las copias de ley (idem arts. 339 y 135 CPCC). Martes y viernes para notificaciones por Secretaría (art. 133 CPCC).-

Previamente, teniendo en cuenta lo requerido a fs. 38 y a los fines que se expida con relación al aforo efectuado conforme surge de la documental acompañada, pasen las actuaciones en vista a la Agencia de Recaudación Tributaria.-

Sin perjuicio de ello y teniendo en cuenta el tiempo transcurrido desde la promoción de la acción, hágase saber que deberá acompañar las correspondientes copias para traslado.-

Rosana Calvetti

Juez

En igual fecha procedí a dar cumplimiento con la reserva ordenada precedentemente. Conste.-

Luciano Minetti Kern

Secretario Subrogante

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