Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: M-2RO-32-C3-13

N° Receptoría: M-2RO-32-C2013

Fecha: 2014-02-27

Carátula: CASTRO Julio Cesar S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS(c)

Descripción: Excusación (cónyuge)

//neral Roca, 27 de febrero de 2014.-s

AUTOS Y VISTOS: Estos autos caratulados "CASTRO Julio Cesar S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS(c)" (Expte. M-2RO-32-C3-13).-

CONSIDERANDO: Tramitando los autos principales: "CASTRO JULIO CESAR Y OTRO C/TARDUGNO JESUS AMERICO Y OTROS S/DAÑOS Y PERJUICIOS (ORDINARIO) (EXPTE. A-2RO-25-C3-13) por ante este Juzgado Civil Tres, Secretaría Unica, y habiéndome excusado en los mismos por encontrarme comprendida dentro de la causal prevista en el art. 17 inc. 1º del CPC y C y ello con relación al Dr. Justo Emilio Epifanio -cónyuge de la suscripta-, he de excusarme de intervenir asimismo en la presente causa.-

En consecuencia, remítanse las actuaciones a la Mesa de Entradas Única a sus efectos, junto con la totalidad de la documental que pudiere encontrarse reservada en este organismo. Hágase saber.-

REGISTRESE.-

Dra. Andrea V. de la Iglesia

Jueza

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