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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0551/2008
Fecha: 2014-02-26
Carátula: BREGANTE MIRTA ARGENTINA C/ BREGANTE ORLANDO EUSEBIO Y OTROS S/ EJECUCION DE CONVENIO
Descripción: dcia fallecimiento poderdante
EXPTE. N° 0551/2008
CARATULA: BREGANTE MIRTA ARGENTINA C/ BREGANTE ORLANDO EUSEBIO Y OTROS S/ EJECUCION DE CONVENIO
Viedma, de febrero de 2014.-
Por contestado el traslado conferido a fs. 102. Tiénese presente para su oportunidad.-
Tiénese presente el fallecimiento denunciado y toda vez que la copia acompañada del acta de defunción carece de validez legal por ser fotocopia simples, devuélvanse a su presentante.-
Hágase saber al apoderado que deberá acreditar en debida forma dicha circunstancia.-
Tiénese presente la denuncia de herederos efectuada para su oportunidad.-
En su mérito y de conformidad con lo dispuesto en el art. 43 del C.P.C.C., suspéndase la tramitación de las presentes actuaciones, ello sin perjuicio de continuar el apoderado con las gestiones que en su caso correspondan (conf. art. 53 inc. 5° C.P.C.C.).-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro