Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: Z-2RO-169-AM3-14

N° Receptoría: Z-2RO-169-AM2014

Fecha: 2014-02-26

Carátula: BUDIMIR VICTORIA ELVIRA S/ AMPARO

Descripción: NO HA LUGAR POR EL MOMENTO CAUTELAR. SIGAN

"BUDIMIR VICTORIA ELVIRA S/ AMPARO"

(Expte. Nro. Z-2RO-169-AM3-14)

//neral Roca, 26 de febrero de 2014.-rz

Téngase presente la aclaración formulada.-

Evaluado el objeto de la medida cautelar solicitada, y considerando para ello que por un lado coincide con el objeto de la pretensión principal y a su vez que la naturaleza de este proceso -accion de amparo- insumirá exiguos plazos para su sustanciación, y que ello ya ha sido abordado a fs. 37, a la medida solicitada no ha lugar por el momento.-

Acredite la interesada el diligenciamiento del oficio y las cédulas ordenadas a fs. 37, o en su caso líbrense.-

Dra. Andrea V. de la Iglesia

Jueza

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro