Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0089/2014

N° Receptoría: F-1VI-259-C2014

Fecha: 2014-02-25

Carátula: ALVAREZ OFELIA DOLORES S/ SUCESION AB INTESTATO

Descripción: INICIA SUCESION

EXPTE. Nº: 0089/2014.-

CARATULA: "ALVAREZ OFELIA DOLORES S/ SUCESION AB INTESTATO".-

Viedma, de febrero de 2014.-

Por presentado, parte y por constituido el domicilio. Agréguese la documentación acompañada.-

Estando prima facie acreditada la legitimación y resultando que el Juzgado es competente para entender en el proceso, a mérito de la partida de defunción acompañada, declaro abierto el juicio sucesorio intestado de OFELIA DOLORES ALVAREZ.-

Publíquense edictos por tres días en el Boletín Oficial y en el diario Río Negro citando a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la misma, para que dentro de treinta días lo acrediten. Oportunamente dése intervención a Fiscalía de Estado y al Ministerio Público Fiscal (arts. 689, 690, 693, 699 y ccdtes. del CPCC). Líbrese oficio al Registro de la Propiedad Inmueble a los fines previstos por el art. 6 de la ley 133.-

Inscríbase la presente sucesión en el Registro Público de Juicios Universales.-

Líbrense oficios a los Bancos Patagonia S.A., Santander Río S.A., Macro S.A., Hipotecario S.A., de la Nación Argentina y Credicoop Cooperativo Ltdo.; a la Caja de Valores y al ANSES a los fines solicitados, debiendo en caso de existir fondos a nombre de la causante, transferirlos a nombre de la suscripta a la cuenta judicial de autos del Banco Patagonia S.A..-

Previo a todo, óblese la suma de $ 375 por impuesto de justicia.-

R .B.

Rosana Calvetti

Juez

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Poder Judicial de Río Negro