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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0089/2014
N° Receptoría: F-1VI-259-C2014
Fecha: 2014-02-25
Carátula: ALVAREZ OFELIA DOLORES S/ SUCESION AB INTESTATO
Descripción: INICIA SUCESION
EXPTE. Nº: 0089/2014.-
CARATULA: "ALVAREZ OFELIA DOLORES S/ SUCESION AB INTESTATO".-
Viedma, de febrero de 2014.-
Por presentado, parte y por constituido el domicilio. Agréguese la documentación acompañada.-
Estando prima facie acreditada la legitimación y resultando que el Juzgado es competente para entender en el proceso, a mérito de la partida de defunción acompañada, declaro abierto el juicio sucesorio intestado de OFELIA DOLORES ALVAREZ.-
Publíquense edictos por tres días en el Boletín Oficial y en el diario Río Negro citando a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la misma, para que dentro de treinta días lo acrediten. Oportunamente dése intervención a Fiscalía de Estado y al Ministerio Público Fiscal (arts. 689, 690, 693, 699 y ccdtes. del CPCC). Líbrese oficio al Registro de la Propiedad Inmueble a los fines previstos por el art. 6 de la ley 133.-
Inscríbase la presente sucesión en el Registro Público de Juicios Universales.-
Líbrense oficios a los Bancos Patagonia S.A., Santander Río S.A., Macro S.A., Hipotecario S.A., de la Nación Argentina y Credicoop Cooperativo Ltdo.; a la Caja de Valores y al ANSES a los fines solicitados, debiendo en caso de existir fondos a nombre de la causante, transferirlos a nombre de la suscripta a la cuenta judicial de autos del Banco Patagonia S.A..-
Previo a todo, óblese la suma de $ 375 por impuesto de justicia.-
R .B.
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro