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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 40699
Fecha: 2014-02-24
Carátula: MORAN Gloria y Otra S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS(c)
Descripción: Excusación (cónyuge)
//neral Roca, 24 de febrero de 2014.-g
AUTOS Y VISTOS: Estos autos caratulados "MORAN Gloria y Otra S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS(c)" (Expte. 40699).-
CONSIDERANDO: Encontrándome comprendida dentro de la causal prevista en el art. 17 inc. 1º del CPC y C y ello con relación al Dr. Justo Emilio Epifanio -cónyuge de la suscripta-, he de excusarme de intervenir en la presente causa.-
En consecuencia, remítanse las actuaciones a la Mesa de Entradas Única, conjuntamente con la causa principal " Moran Gloria y Otra c/ Rosales Gustavo y Otros s/ ordinario" (Expte. 40700), a sus efectos, junto con la totalidad de la documental que pudiere encontrarse reservada en este organismo. Hágase saber.-
REGISTRESE.-
Dra. Andrea V. de la Iglesia
Jueza
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Poder Judicial de Río Negro