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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: D-2RO-356-C3-13
N° Receptoría: D-2RO-356-C2013
Fecha: 2014-02-24
Carátula: AVALON CREDITOS PERSONALES S.A C/ ZUÑIGA ELGUETA Ana María S/ EJECUTIVO
Descripción: Intimac. a empleador
"AVALON CREDITOS PERSONALES S.A C/ ZUÑIGA ELGUETA Ana María S/ EJECUTIVO"
(Expte. Nro. D-2RO-356-C3-13)
//neral Roca, 24 de febrero de 2014.-j
Al punto 1, agréguese.-
Al punto 2, agréguese.-
Al punto 3, intímese a la empleadora (CONSEJO DE EDUCACION RIO NEGRO) para que en el término de cinco días de notificada brinde explicaciones sobre el cumplimiento del embargo ordenado por oficio Nro. 751 del 11.06.13, bajo apercibimiento de multa la que se fija en este acto en la suma de $ 20.- diarios por cada día de retardo, desde su notificación y con el tope de las sumas que omita embargar . Notifíquese con transcripción del cuerpo del oficio de fs. 18, a cuyo efecto líbrese cédula.-
Dra. Andrea V. de la Iglesia
Jueza
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Poder Judicial de Río Negro