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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 40522
Fecha: 2014-02-21
Carátula: LUCERO Cirilo S/ PROCESO SUCESORIO
Descripción: Excusación (cónyuge)
//neral Roca, 21 de febrero de 2014.-g
AUTOS Y VISTOS: Estos autos caratulados "LUCERO Cirilo S/ PROCESO SUCESORIO" (Expte. 40522).-
CONSIDERANDO: Encontrándome comprendida dentro de la causal prevista en el art. 17 inc. 1º del CPC y C y ello con relación al Dr. Justo Emilio Epifanio -cónyuge de la suscripta-, he de excusarme de intervenir en la presente causa.-
En consecuencia, remítanse las actuaciones a la Mesa de Entradas Única a sus efectos, junto con la totalidad de la documental que pudiere encontrarse reservada en este organismo. Hágase saber.-
REGISTRESE.-
Dra. Andrea V. de la Iglesia
Jueza
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Poder Judicial de Río Negro