include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 42275
Fecha: 2014-02-21
Carátula: AVALON CREDITOS PERSONALES S.A. C/ SOTO Eduardo Diego S/ EJECUTIVO
Descripción: vta. para hacer oficio
"AVALON CREDITOS PERSONALES S.A. C/ SOTO Eduardo Diego S/ EJECUTIVO"
(Expte. Nro. 42275)
General Roca, 21 de febrero de 2014.-s
Encontrándose firme la Sentencia Monitoria, atento las constancias de fs. 13/4, glósese la documentación de fs. 18/31.-
Proveyendo a fs. 59: Agréguese el aporte acompañado y téngase presente la conformidad prestada por Caja Forense.-
Téngase por abonado el Impuesto de Justicia y Sellado de Actuación.-
Agréguese la constancia del saldo bancario.-
Líbrese oficio al Banco Patagonia S.A. a fin de que de la cuenta de autos N° 126693169, transfiera a la cuenta corriente N° 220-220027526 perteneciente a AVALON CREDITOS PERSONALES S.A. CUIT 30-70842085-5, la suma de $ 1.410,84 en concepto de a cuenta de capital.-
Cúmplase por Secretaría.-
Previo al libramiento de fondos por honorarios y atento la suma peticionada en el punto 4 y lo regulado a fs. 36, aclare el presentante tal circunstancia.-
Asimismo, acompáñese la constancia de Inscripción en el IVA.-
A la regulación por acrecidos, oportunamente.-
Dra. Andrea V. de la Iglesia
Jueza
NOTA: De haberse glosado a fs. 60/73 CONSTE.-
<*****>
Poder Judicial de Río Negro