include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0307/2012
Fecha: 2014-02-20
Carátula: GUENOMIL CARLOS ALBERTO C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO Y OTRO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
Descripción: ART. 368
EXPTE. N° 0307/2012
CARATULA: GUENOMIL CARLOS ALBERTO C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO Y OTRO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
En el dia de la fecha, 20/02/2014, siendo las 09:30 se encuentran presentes en el Tribunal, a los fines de la audiencia prevista en el art. 368 del CPCC, el Dr. Emiliano Gallego apoderado de la parte actora y la Dra. Lucrecia Rodrigo apoderada de la parte demandada. Abierto el acto por la Sra. Juez se procedió a tomar declaración testimonial a la sra. Margarita Noemí Herrero, DNI nº 18.279.421; lo cual fue registrado de manera audiovisual (filmación), bajo el nº CLIP_20140220-092027, respectivamente. En este acto la parte actora desiste de la declaración testimonial de los restantes testigos que oportunamente ofreciere. Asimismo, se devuelve el interrogatorio acompañado por la actora. No siendo para más se dio por terminado el acto.-
<*****>
Poder Judicial de Río Negro