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Proveído
Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial
Ciudad: Bariloche
N° Expediente: 00406-047-11
Fecha: 2014-02-20
Carátula: ARROYO MENENDEZ MARIA VICTORIA / MUNICIPALIDAD DE BARILOCHE S/ CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Descripción: clausurar período de prueba
Expediente Nro.00406-047-11
CERTIFICACION DE PRUEBA:
Sr.Presidente: Certifico en cuanto ha lugar y por derecho que el término de producción de prueba se encuentra vencido, habiéndose producido la siguiente:
ACTORA:
- La ofrecida y agregada a fs. 2/34vta.
- Oficio al Tribunal de Contralor de la Municipalidad de San Carlos de Bariloche (fs. 97).
- Oficio a la Municipalidad de San Carlos de Bariloche (fs. 103).
DEMANDADA:
- La ofrecida a fs. 85 (1 bibliorato- sobre nro. 308/12)
Secretaría, 20 de febrero de 2014
ANGELA ALBA POSSE
Secretaria de Cámara
SAN CARLOS DE BARILOCHE, 20 de febrero de 2014
Téngase presente la certificación que antecede. Clausúrase el período probatorio. Notifíquese.
Cumplido. Pónganse los autos a disposición de las partes a los fines de los alegatos (art. 482 CPCC).
EMILIO RIAT
Presidente
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Poder Judicial de Río Negro