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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: Z-2RO-134-AM2013
N° Receptoría: Z-2RO-134-AM2013
Fecha: 2014-02-19
Carátula: BARRIOS SARA MAGDALENA S/ AMPARO (Salud Público RN)
Descripción: audiencia
En la ciudad de General Roca; Provincia de Río Negro, a los 19 días del mes de Febrero de 2.013, siendo las 11:35 horas comparece ante mi Secretaria Autorizante una persona que dijo llamarse: LUIS ARNOLDO GUZMAN SOTO, quien exhibe su DNI N° 92.915.640, de nacionalidad chileno, de 46 años de edad, de estado civil casado, de ocupación albañil con domicilio real Picaflor N° 1.412 de la ciudad de General Roca, quien previo juramento de ley: MANIFIESTA: Que vengo a manifestar que hasta el momento no he tenido novedades con respecto a la operación ni a la prótesis cuando quedaron en comunicarme de cuando se la iba a operar a mi esposa, necesito con urgencia que se resuelva la cuestión, dado que mi esposa no da mas del dolor.-
Por último se procede a dar lectura del art. 8 del Pacto de San José de Costa: "Toda persona tiene derecho a ser oída , con las debidas garantías y dentro de un plazo razonable por un juez o tribunal competente, independiente e imparcial (...) en la sustanciaciación (...) o para la determinación de sus derechos y obligaciones de orden civil, laboral, fiscal o de cualquier otro carácter (...)", (...) inc. 6: derecho irrenunciable de ser asistido por un Defensor proporcionado por el Estado (..)" y explicándosele que deberá presentarse en autos con asistencia letrada, y brindándosel la respectiva información sobre la actuación de las Defensorias Oficiales o en su caso sobre la posibilidad de contratar asistencia por parte de un letrado particular, y que en definitiva tal decisión recae sobre su persona.- No siendo para mas se da por finalizado el acto firmado el compareciente PREVIA LECTURA Y RATIFICACIÓN POR ANTE MI QUE DOY FE.-
ROMINA ZILVESTEIN
Secretaria Subrogante
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Poder Judicial de Río Negro