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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 36390
Fecha: 2006-05-31
Carátula: LLANCALEO Lorenzo c/SAISSAC Eleodoro S/ Ejecutivo
Descripción: regulacón acrecidos
//neral Roca, 31 de MAYO de 2006.=
Hágase saber el dictámen de Caja Forense.
Regulo por acrecidos los honorarios del DR. Carlos Aroca Alvarez en la suma de $ 270.- los de la Dra. María Estela Aroca Alvarez en la suma de $ 270.- (M.B. $ 6.784.- arts. 6, 7 y 40 ley 2212).-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis y 7 ley 2212 RN).-
Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro