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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0846/2013
N° Receptoría: F-1VI-200-C2013
Fecha: 2014-02-17
Carátula: PRAIT JOSE Y LEVIÑANCO CARDENAS MERCEDES S/ SUCESION TESTAMENTARIA
Descripción: TESTIMONIAL SR. BERMEJO
EXPTE. 0846/2013
CARATULA: PRAIT JOSE Y LEVIÑANCO CARDENAS MERCEDES S/ SUCESION TESTAMENTARIA
En la ciudad de Viedma, capital de la Provincia de Río Negro a los 17 días del mes de febrero de 2014, siendo las 9:35 hs., comparece ante este Juzgado Civil Nº 3 y en estos autos una persona previamente citada, que preguntada por sus circunstancias personales dice ser y llamarse Fernando Miguel Bermejo, D.N.I. n° 16.590.202, de estado civil divorciado, de 50 años de edad, nacionalidad Argentina, de profesión empleado público, domiciliado en calle Artémides Zatti nº 284 de Viedma. Abierto el acto y previo juramento de ley, se interroga al testigo con relación al interrogatorio obrante a fs. 17. A la 1) explicadas que le fueron las generales de la ley contestó: que no le comprenden, que es amigo del sr. Strahl y que ello no le va impedir decir verdad de lo que se le pregunte. A la 2) contestó: que sí la conocía a la causante Mercedes Leviñanco Cardenas desde el año 1978, que cuando ellos vinieron a vivir al barrio con el sr. Prait. A la 3) contestó: que sí, que la causante vivía en concubinato con el sr. Prait, que no tenían hijos y lo saber por haber conversado del tema con ellos. A la 4) contestó: que sí, que al sr. Strahl lo trajeron a vivir con ellos desde Guardia Mitre, cuando tenía aproximadamente 8 años, le brindaron el estudio, vivienda, alimentación y el bien estar de él, lo criaron practicamente. A la 5) contestó: que la sra. Mercedes es Leviñanco Cardenas y no Laviñanco, pero es una misma y única persona. A la 6) contestó: que lo conoce hace más de 30 años y que tiene trato de amigo. A la 7) contestó: que el sr. Strahl era sobrino de la sra. Mercedes Leviñanco. A la 8) contestó: que el apellido correcto del sr. Jorge Edgardo es Strahl. Con lo que terminado el acto, firma el compareciente, previa lectura y ratificación de la presente, por ante mí de lo que doy fe.-
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Poder Judicial de Río Negro