Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0165/2012

N° Receptoría:

Fecha: 2014-02-17

Carátula: LLANCA TERESA BEATRIZ C/ MANLLAUIX ABDON S/ INTERDICTO DE RECOBRAR (Sumarísimo)

Descripción: POR TOMADA INTERVENCION-contesta demanda

EXPTE. Nº : 0165/2012.-

CARATULA: LLANCA TERESA BEATRIZ C/ MANLLAUIX ABDON S/ INTERDICTO DE RECOBRAR (Sumarísimo).-

Viedma, de febrero de 2014.-

Por tomada intervención y contestada la demanda.-

Atento la naturaleza del presente trámite y toda vez que la ocupación o no del lote objeto de litis como así también los hechos invocados en la demanda será, en su caso, materia de prueba en la etapa procesal oportuna, a lo peticionado no ha lugar.-

Conforme lo peticionado a fs. fs. 72vta. y a los fines de hacerle saber el inicio y el estado de las presentes actuaciones, notifíquese al ausente en los domicilios allí denunciados.-

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Poder Judicial de Río Negro