Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0299/2012

N° Receptoría:

Fecha: 2014-02-17

Carátula: CONFIAR S.R.L. C/ MAYORGA MARIA JOSE Y OTRO S/ EJECUTIVO

Descripción: REG. HON. POR EJ. DE SENTENCIA - EMBARGO

EXPTE. Nº 0299/2012

CARATULA: CONFIAR S.R.L. C/ MAYORGA MARIA JOSE Y OTRO S/ EJECUTIVO

Viedma, de febrero de 2014.-

Agréguese.-

Atento las pautas establecidas en el art. 1627 del C.C. -ref. ley 24.432-, los topes porcentuales máximos previstos en el art. 77 del CPCC y los arts. 6 y 7 (tarea profesional y labor desarrollada) de la ley 2.212, y a fin de no ocasionar una evidente e injustificada desproporción entre la importancia del trabajo efectivamente cumplido y la retribución resultante de la aplicación directa de las normas arancelarias, regúlanse los honorarios profesionales de la Dra. María Marcela Savioli por la etapa de ejecución de sentencia, en la suma de $ 1.074. Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la ley 869.-

Conforme lo solicitado y el estado de autos, trábese embargo en las proporciones de ley sobre los haberes que percibe el demandado Sr. VICTOR JAVIER BURGOS, DNI N° 25.948.778, como empleado de la POLICIA DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO hasta cubrir la suma de $ 1068,68 en concepto de saldo de honorarios regulados. A tal fin, líbrese oficio a la institución empleadora, haciéndole saber que la suma embargada deberá ser depositada en la cuenta judicial nº 122028992 a nombre de la suscripta y como perteneciente a estos autos en el Banco Patagonia S.A.- sucursal Viedma-.-

A P

Rosana Calvetti

Juez

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