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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0342/2012
Fecha: 2014-02-17
Carátula: CAMBRUZZI PROSPERO Y BELLISOMI MARIA ANGELA S/ SUCESION AB INTESTATO
Descripción: ACTA AUDIENCIA ART. 24 LEY G 2.212
EXPTE. N° 0342/2012
CARATULA: CAMBRUZZI PROSPERO Y BELLISOMI MARIA ANGELA S/ SUCESION AB INTESTATO
En la ciudad de Viedma, capital de la Provincia de Río Negro a los 17 días de febrero de 2014, siendo las 10,00 hs., comparecen ante este Juzgado Civil Nº 3 y en estos autos, los sres. Héctor Jorge Cambruzzi (D.N.I. M 7.399.137) con su letrada Dra. Laura Castro, Edgardo Rubén Cambuzzi (DNI nº M 7.391.269) con su letrado Dr. Mario Salvador Cáccamo, a la audiencia dispuesta por el art. 24 de la Ley G 2.212. Abierto el acto y luego de dialogar con las partes, la Dra. Castro manifiesta, de conformidad con lo expresado en el escrito de fs. 91/92, que para la determinación del monto base para la regulación de los honorarios profesionales debe ponderarse, como mínimo la valuación fiscal correspondiente y como máximo la suma de $ 200.000.- Asimismo, la Dra. Castro acompaña en debida forma copia de la escritura N° veinticinco pasada por folio N° 01048270. Por su parte el Dr. Caccamo presta conformidad con las pautas aquí expresadas. Con lo que terminado el acto, firman los comparecientes previa lectura y ratificación de la presente, por ante mí de lo que doy fe.-
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Poder Judicial de Río Negro