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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: M-2RO-166-C3-13
N° Receptoría: M-2RO-166-C2013
Fecha: 2014-02-17
Carátula: PINCHEIRA JUAN DOMINGO Y OTROS S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS(c)
Descripción: agrega poder
//neral Roca, de FEBRERO de 2014.=
Agréguese y dése por cumplimentado con lo ordenado a fs. 8, último párrafo.
Téngase por presentado y parte en mérito del poder acompañado.
Por promovido beneficio de litigar sin gastos.-
Cítese a los futuros demandados Emilio Dionisio Lincon, La Mercantil Andina Seguros SA y a la Dirección General de Rentas de esta Provincia, a los fines previstos por el art. 80 del C.P.C. Notifíquese con copias de la presentación y de las declaraciones de los testigos.-
Atento el domicilio de los testigos propuestos, y lo dispuesto por el art. 79, inc. 2, acompañense las respectivas declaraciones.-
Líbrense oficios al Registro de Propiedade del Inmueble y Automotores correspondientes, a fin de de que informen si la actora posee bienes inscriptos a su nombre.-
Hágase saber a las partes el derecho que les asiste a oponerse por causa fundada y en relación a terceros, a la publicacion de sus datos personales ( conf. Acord. 112/03 del STJ).
Déjese constacia de la iniciación enlos autos " Pincheira Juan Domingo y Otros C/Lincon Emilio Dionisio y Otro S/Daños y Perjuicios -Ordinario-" (Expte. A-2RO-231)-
Dra. ANDREA V. DE LA IGLESIA
Juez
NOTA: de haberse dejado constancia. CONSTE.
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Poder Judicial de Río Negro