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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: A-2RO-279-C3-14
N° Receptoría: A-2RO-279-C2014
Fecha: 2014-02-14
Carátula: GONZALEZ LEONEL C/ INZUNZA SANDRA MONICA Y ASEGURADORA EL COMERCIO COMPAÑIA DE SEGUROS S.A S/ ORDINARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)
Descripción: Inicio
//neral Roca, 14 de FEBRERO de 2014.=
Por presentado, en mérito del poder adjuntado, parte y con domicilio.-
Se deja constancia que se iniciaron los autos "GONZALEZ LEONEL C/INZUNZA SANDRA MONICA y OTRO S/BENEFICIO" (Expte. M-2RO-202).
De la acción que se deduce que tramitará según las normas del proceso ordinario, traslado a la demandada por el término de quince días (art. 338 C.P.C.), a quien se cita y emplaza para que la conteste conforme a lo dispuesto en los arts. 356 y 357 del Código Citado y comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 59 del C.P.C. Notifíquese a cuyo efecto líbrese cédula y cédula directa a Neuquén.-
Téngase presente la prueba ofrecida y hágase saber lo dispuesto por el art. 360 CPC.-
Hágase saber a las partes el derecho que les asiste a oponerse por causa fundada y en relación a terceros, a la publicación de sus datos personales por internet (Conf.Acord.112/03 del STJRN).-
MARIA DEL CARMEN VILLALBA
JUEZ SUBROGANTE
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Poder Judicial de Río Negro