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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 42276
Fecha: 2014-02-14
Carátula: AVALON CREDITOS PERSONALES S.A. C/ SILVA Lucas Daniel S/ EJECUTIVO
Descripción: Ordena cédula
Expte. 42276.-
//neral Roca, 14 de febrero de 2014.-j
Al punto 1, agréguese.-
Al punto 2, agréguese.-
Al punto 3, para la efectivización del embargo de sueldos ordenado a fs. 59 vta., líbrese cédula.-
Al punto 4, atento lo solicitado, desígnase oficial de justicia AD-HOC a FLAVIA VANESSA JARA quien actuará en tal carácter en la diligencia a realizar, asumiendo las responsabilidades legales inherentes al cargo conferido y quedando entendido que el mismo queda aceptado con su intervención en la diligencia, de la que deberá levantar acta detallada de lo ocurrido y agregarla en autos dentro del tercer día bajo apercibimiento de remoción y sin perjuicio de las demás sanciones que en el caso correspondan.-
MARIA DEL CARMEN VILLALBA
JUEZ SUBROGANTE
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Poder Judicial de Río Negro