Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 42036

N° Receptoría:

Fecha: 2014-02-14

Carátula: AVALON CREDITOS PERSONALES S.A. C/ MELLA Rafael Emiterio S/ EJECUTIVO

Descripción: a la empleadora

General Roca, de febrero de 2014.s-

Agréguense las constancias acompañadas.-

Atento las constancias de fs. 37, se hace efectivo el apercibimiento dispuesto por el art. 399 del C.P.C, corresponde la aplicación a ARCANGEL SAN MIGUEL SRL de una multa diaria de $ 100, por cada día de retardo, monto éste fijado en concepto de multa, el que se hará efectivo a partir de su notificación y hasta tanto dé cumplimiento efectivo con el oficio de embargo, hasta el tope de la suma que omita embargar. Notifíquese a cuyo efecto líbrese oficio a la empleadora.-

MARIA DEL CARMEN VILLALBA

JUEZ SUBROGANTE

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro