Proveído

Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 26920/14

N° Receptoría:

Fecha: 2014-02-13

Carátula: DIAZ DANIELA ALEJANDRA C UNION PERSONAL S INCIDENTE PPAL 24861/13 S/ APELACION

Descripción: Apelac-devolucion

Expte. N°26920/14-STJ-

Señor Presidente:

Informo a Ud. que el señor Juez de la Cámara del Trabajo de la IIIra. Circunscripción Judicial con sede en la ciudad de San Carlos de Bariloche, remite las presentes actuaciones en razón del recurso de apelación interpuesto contra la Regulación de Honorarios practicada en la sentencia de fs. 1/4 y fundamentado a fs. 5/7 y concedido a fs. 8, en relación y con efecto suspensivo, por la Apoderada de la demandada -Obra Social Unión Personal-, contestado a fs. 13/14 por el Dr. Jorge Olguin en carácter de gestor de la amparista.- Conste.-

Secretaria, 12 de febrero de 2014.-

EZEQUIEL LOZADA

SECRETARIO

SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA

///MA, 13 de febrero de 2014.-

-----Por recibidos.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - --

-----Atento que no se ha dado cumplimiento con lo dispuesto en el art. 249 del CPCyC, intimación a constituir domicilio en la sede del Superior Tribunal a las partes, y que no obra en autos la ratificación por parte de la amparista de la actuación del Dr. Jorge Luis Olguin en carácter de gestor (fs. 13/14), en cumplimiento con lo dispuesto en el art. 48 del CPCyC., devuélvanse la actuaciones al Tribunal de origen a sus efectos.--

-----Sirva la presente de muy atenta nota de remisión.- - - - - -

Fdo.: SERGIO M. BAROTTO PRESIDENTE SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA

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