Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0396/2013

N° Receptoría: A-1VI-47-C2013

Fecha: 2014-02-13

Carátula: FROILAN MARIO RUBEN C/ RIQUELME DANIEL ALFREDO Y OTRO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)

Descripción: COBRO X BCO CUALQUIER MONTO (OFICIO) imprimir en form. 2009

PROVINCIA DE RIO NEGRO

PODER JUDICIAL

OFICIO JUDICIAL

Viedma, de febrero de 2014.-

Al Sr. Gerente

Banco Patagonia S.A.

Tengo el agrado de dirigirme a Ud., en autos caratulados: "FROILAN MARIO RUBEN C/ RIQUELME DANIEL ALFREDO Y OTRO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)" (Expte. Nº 0396/2013), los que tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaria a mi cargo, a fin de poner en su conocimiento la providencia que a continuación se transcribe: "Viedma, de febrero de 2014.- Conforme lo peticionado y constancias de la causa, líbrese oficio al Banco Patagonia S.A. a fin de comunicarle que deberá entregar a su sola presentación y de los fondos que ingresen en la cuenta de autos nº 122032937 al sr. Mario Rubén Froilán (DNI Nº 12.382.596) hasta cubrir la suma de $ 17.500 en concepto de capital, debiendo informar a este Juzgado en forma detallada una vez finalizada la medida ordenada.-". Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez.-

Saludo a Ud. atentamente.-

Luciano Minetti Kern

Secretario Subrogante

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