Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 42106

N° Receptoría:

Fecha: 2014-02-13

Carátula: AVALON CREDITOS PERSONALES S.A. C/ NUÑEZ Miguel Marcelo S/ EJECUTIVO

Descripción: Aplica Multa

Expte. 42106.-

//neral Roca, 13 de febrero de 2014.-j

Al punto 1, agréguese.-

Al punto 2, atento lo solicitado y la constancia de fs. 41, haciendo efectivo el apercibimiento dispuesto por el art. 399 del CPC, corresponde la aplicación a DIEGO RICARDO RAMALLO de una multa de $100.- por cada día de retardo en el cumplimiento del embargo ordenado por cédula diligenciada el 03/10/13, el que se hará efectivo a partir de su notificación con el tope de las sumas que omita embargar. Notifíquese, a cuyo efecto líbrese cédula a Villa Regina.-

Al punto 3, agréguese.-

MARIA DEL CARMEN VILLALBA

JUEZ SUBROGANTE

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