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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: A-2RO-11-C3-13
N° Receptoría: A-2RO-11-C2013
Fecha: 2014-02-11
Carátula: RADIO TELEVISIÓN RÍO NEGRO S.E. C/ IDEAS MASIVAS S.R.L. S/ COBRO DE PESOS (Ordinario)
Descripción: A cédulas
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
IDEAS MASIVAS S.R.L. - Dra. Marisa Gayone
Neuquén 1555 (constituído)
GENERAL ROCA
Me dirijo a Ud. en los autos caratulados "RADIO TELEVISIÓN RÍO NEGRO S.E. C/ IDEAS MASIVAS S.R.L. S/ COBRO DE PESOS (Ordinario)” (Expte. N* A-2RO-11-C3-13), que se tramitan por ante el Juzgado Civil TRES, Secretaría UNICA, sito en San Luis 853 de esta ciudad, a fin de notificarle de la siguiente providencia: “//neral Roca, 06 de febrero de 2014. A los efectos previstos por el art. 361 del C.P.C., fíjase la audiencia del día 02 de julio de 2014 a las 8,30 hs. a la que deberán comparecer las partes personalmente ( art. 362 CPC.) y sus letrados. Hágase saber a las partes que quedarán notificadas de toda resolución que se dicte en la audiencia, como asimismo que su incomparecencia injustificada se entenderá como reconocimiento de la verdad de los hechos pertinentes y lícitos proporcionados por la contrapartes y se aplicará una multa de $ 500.- conforme lo dispuesto por el art. 37 in fine del C.P.C. con destino al servicio informático del Poder Judicial.- Notifíquese por Secretaria.-Asimismo hágase saber a las partes que el plazo para el ofrecimiento de prueba vence CINCO días antes de la fecha fijada precedentemente.- MARIA DEL CARMEN VILLALBA. JUEZ SUBROGANTE"
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.-
Gral.Roca, de febrero de 2014.-
ROMINA ZILVESTEIN
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
RADIO TELEVISIÓN RÍO NEGRO S.E. - Dr. Adrián F. Ambroggio
25 de Mayo 458 (constituído)
GENERAL ROCA
Me dirijo a Ud. en los autos caratulados "RADIO TELEVISIÓN RÍO NEGRO S.E. C/ IDEAS MASIVAS S.R.L. S/ COBRO DE PESOS (Ordinario)” (Expte. N* A-2RO-11-C3-13), que se tramitan por ante el Juzgado Civil TRES, Secretaría UNICA, sito en San Luis 853 de esta ciudad, a fin de notificarle de la siguiente providencia: “//neral Roca, 06 de febrero de 2014. A los efectos previstos por el art. 361 del C.P.C., fíjase la audiencia del día 02 de julio de 2014 a las 8,30 hs. a la que deberán comparecer las partes personalmente ( art. 362 CPC.) y sus letrados. Hágase saber a las partes que quedarán notificadas de toda resolución que se dicte en la audiencia, como asimismo que su incomparecencia injustificada se entenderá como reconocimiento de la verdad de los hechos pertinentes y lícitos proporcionados por la contrapartes y se aplicará una multa de $ 500.- conforme lo dispuesto por el art. 37 in fine del C.P.C. con destino al servicio informático del Poder Judicial.- Notifíquese por Secretaria.-Asimismo hágase saber a las partes que el plazo para el ofrecimiento de prueba vence CINCO días antes de la fecha fijada precedentemente.- MARIA DEL CARMEN VILLALBA. JUEZ SUBROGANTE"
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.-
Gral.Roca, de febrero de 2014.-
ROMINA ZILVESTEIN
Secretaria Subrogante
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Poder Judicial de Río Negro