include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 34957
Fecha: 2006-05-30
Carátula: BANCO DE LA PAMPA c/QUESADA Marcelo A. S/ Ejecutivo
Descripción: acrecidos
General Roca, 30 de mayo de 2.006.-
Téngase presente y hágase saber el dictamen de Caja Forense.-
Regulo por acrecidos los honorarios del Dr. Luis Gustavo Arias en la suma de $ 130.- (M.B. $ 2.272,33 -planilla de fs. 123 vta.-)26844
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts. 6, 6 bis, 7 ley 2212 R.N.).
Cúmplase con la ley 869.- Notifíquese.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
<*****>
Poder Judicial de Río Negro