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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 36727
Fecha: 2006-05-30
Carátula: BANCO DE LA PAMPA c/ ALARCON Adela S/ Ejecutivo
Descripción: acrecidos
General Roca, 30 de mayo de 2.006.-
Téngase presente el dictamen de Caja Forense y hágase saber.-
Atento el estado de autos, regulo por acrecidos los honorarios del Dr. Luis Gustavo Arias en la suma de $ ..1.000.- (M.B. $ 18.327 -fs. 74 convenio extrajudicial-)
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts. 6, 6 bis, 7 ley 2212 R.N.).
Cúmplase con la ley 869.- Notifíquese.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro