Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: M-2RO-46-C3-13

N° Receptoría: M-2RO-46-C2013

Fecha: 2014-02-07

Carátula: PAINEMAN Juan Anuar C/ MARTINEZ Fernando Ariel S/ APELACION JUZGADO DE PAZ - (MENOR CUANTIA)

Descripción: se remite expte al Juzg. de Paz

General Roca, 7 de febrero de 2014.s-

Al punto 1), Téngase presente el desistimiento del recurso presentado y devuélvase al Juzgado de Paz de esta ciudad el expte. PAINEMAN JUAN ANUAR C/MARTINEZ FERNANDO ARIEL S/EJECUTIVO (43-JP-13).-

Para su cumplimiento, líbrese oficio.-

Téngase presente la renuncia formulada y hágase saber al firmante que deberá continuar con sus gestiones conforme con el art. 53 del C.P.C..-

Notifíquese al poderdante para que dentro del término de cinco días comparezca en autos por sí o por apoderado, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. antes citado.

Para su cumplimiento, líbrese cédula.-

MARIA DEL CARMEN VILLALBA

JUEZ SUBROGANTE

esto quedó en el expte del juzgado de paz que se remite a dicho organismo

PAINEMAN JUAN ANUAR C/MARTINEZ FERNANDO ARIEL S/EJECUTIVO (43-JP-13).-

General Roca, de febrero de 2014.-

Sr. JUEZ de PAZ

DE GENERAL ROCA

S / D

Oficio N° 01-III-2014

La Dra. María del Carmen Villalba, a cargo en subrogancia del Juzgado Civil, Comercial y de Minería Nro. Tres, de la Segunda Circunscripción Judicial de la Provincia de Río Negro, Secretaria Nro. Unica, con sede en San Luis 853, 2° piso de General Roca, tiene el agrado de dirigirse a ud. en estos autos caratulados: PAINEMAN JUAN ANUAR C/MARTINEZ FERNANDO ARIEL S/APELACION JUZGADO DE PAZ (MENOR CUANTIA) (EXPTE.M-2RO-46-C3-13) a fin de remitirle en devolución el expte. " PAINEMAN JUAN ANUAR C/MARTINEZ FERNANDO ARIEL S/EJECUTIVO (43-JP-13) en razón de haber desistido el letrado apoderado del actor del recurso presentado -

Sin otro particular, saludo a Ud. atte.-

MARIA DEL CARMEN VILLALBA

JUEZ SUBROGANTE

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Poder Judicial de Río Negro