include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: A-2RO-262-C3-13
N° Receptoría: A-2RO-262-C2013
Fecha: 2014-02-07
Carátula: CURAQUEO ISABEL DEL CARMEN C/ VALMAGGIO ADRIAN FERNANDO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
Descripción: Inicio
//neral Roca, 7 de febrero de 2014.-
Por presentado, parte y con domicilio.-
De la acción que se deduce que tramitará según las normas del proceso ORDINARIO, traslado a la demandada por el término de QUINCE días (art. 338 C.P.C.), a quien se cita y emplaza para que la conteste conforme a lo dispuesto en los arts. 356 y 357 del Código Citado y comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 59 del C.P.C. Notifíquese a cuyo efecto líbrese cédula.-
Téngase presente la prueba ofrecida y hágase saber lo dispuesto por el art. 360 CPC.-
Atento lo peticionado y lo dispuesto por el art. 118 de la Ley 17.418, cítese en garantia a Rio Uruguay Coop. Seguros Ltda. a fin de que se presente a hacer valer los derechos acordados por la citada ley en el término de quince dias, a cuyo fin y para su notificación líbrese cédula.
Déjese constancia de la iniciación en los autos "CURAQUEO Isabel del Carmen S/Beneficio de Litigar sin Gastos" (Expte. M-2RO-190-C3-13).
Hágase saber a las partes el derecho que les asiste a oponerse por causa fundada y en relación a terceros, a la publicación de sus datos personales por internet (Conf.Acord.112/03 del STJRN).-
MARIA DEL CARMEN VILLALBA
JUEZ SUBROGANTE
NOTA: de haberse dado cumplimiento. CONSTE.
<*****>
Poder Judicial de Río Negro