Proveído

Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 26379/13

N° Receptoría:

Fecha: 2014-02-06

Carátula: COLEGIO NOTARIAL DE LA PCIA DE RIO NEGRO S/ ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD (Arts.Ordenanzas Nº 2374-CM-12 y 2375-CM-12 S.C.de Bariloche)

Descripción: prov

Expte.N* 26379/13-STJ-

///MA, 06 de febrero de 2014.-

-----Por recibido.-

-----Atento lo peticionado a fs. 69, no existiendo prueba pendiente de producción, clausúrase la etapa probatoria y en los términos del art.798 del Cód.Proc.Civ.y Com. y art.11 inc.p) de la Ley K Nº 4199, córrase vista de las presentes actuaciones a la Procuración General.-

Fdo.: SERGIO M. BAROTTO PRESIDENTE SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA

En fecha /02/14 se corrió vista a la Procuración General.Conste.-

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Poder Judicial de Río Negro