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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 1144/2013
N° Receptoría: O-1VI-38-C2013
Fecha: 2014-02-06
Carátula: CARRASCO CLAUDIO ARMANDO S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS
Descripción: INICIA
EXPTE. Nº 1144/2013
CARATULA: CARRASCO CLAUDIO ARMANDO S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS.-
Viedma, de febrero de 2014.-
Por presentado, parte y por constituído el domicilio.-
Por iniciado trámite de Beneficio de Litigar sin Gastos por CLAUDIO ARMANDO CARRASCO, el que tramitará según el art. 78 y concordantes del Código Procesal Civil y Comercial.-
Agréguese el presente trámite a los autos principales "Carrasco c/ Condori Choque s/ Daños y Perjuicios" Expte. nº 1143/13.-
Líbrese oficio al Registro de la Propiedad Inmueble de esta ciudad, a fin de que informe a este Juzgado si a nombre del peticionante existen bienes registrables.-
Conforme lo prevee el artículo 80 del CPCC, cítese al litigante contrario y a la Dirección General de Rentas a fin de fiscalizar la prueba a producirse.-
En los términos del art. 83 del CPCC concédase en forma provisional el beneficio de litigar sin gastos.-
A lo demás, oportunamente.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro