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Proveído
Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 25865/12
Fecha: 2014-02-05
Carátula: INCIDENTE DE EJECUCION DE SENTENCIA EN AUTOS: MEDINA ALFREDO ARMANDO Y OTROS S MANDAMUS EXPTE Nº25272 11 S/ INCIDENTE (l)
Descripción: Sentencia-Ced.
///MA, 4 de febrero de 2014.-
VISTO: Las presentes actuaciones caratuladas: "INCIDENTE DE EJECUCION DE SENTENCIA EN AUTOS MEDINA ALFREDO ARMANDO Y OTROS S/ MANDAMUS” Expte. Nº 25865/12-STJ-), puestas a despacho para resolver, y- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - --
CONSIDERANDO:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - --
La señora Jueza doctora Adriana C. ZARATIEGUI dijo:- - - - - - - -----A fs. 335/336 el Sr. Presidente del ENDECIC, Carlos Rodriguez, con el patrocinio letrado del doctor Luis Alberto Pérez Peña contesta el traslado conferido a fs. 333, solicitando que conforme las copias adjuntadas y el detalle obrante, se tenga por cumplido lo ordenado en sentencia N° 16/12 del 7 de marzo de 2012 (fs. 1/9 del presente incidente).- - - - - - - - - - - - -- -----Manifiesta que se ha dado cumplimiento cabal a la sentencia, se han agregado copias y se vuelven a agregar las mismas en un trámite en el que cabe poner fin. Sostiene que el propósito del mandamus ya ha sido cumplido. - - - - - - - - - - - - - - - - - -
-----A fs. 339 y vuelta, el doctor Gustavo Kalamikoy, patrocinante del actor, peticiona regulación de honorarios por las tareas desarrolladas en el presente incidente, imposición de costas a la demandada y se remitan las presentes actuaciones al Fiscal en Turno a fin de que investigue la supuesta comisión de delito.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - --
-----Pasando a resolver, y atento a las constancias obrantes en autos, téngase por cumplimentada la sentencia del 7 de marzo de 2012. Por ello, a la remisión solicitada, no ha lugar, debiendo ocurrir el peticionante por la vía procesal que estime corresponder.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - --
-----Atento lo peticionado en punto a las costas, estése a lo dispuesto en la sentencia N° 16/12, punto Primero in fine. Esto es, costas a la perdidosa (cf. art. 68 CPCyC).- - - - - - - - - -
-----En la presente incidencia corresponde regular los honorarios profesionales del doctor Gustavo Kalamikoy, en la suma de pesos DOS MIL CIENTO SETENTA Y CINCO ($2.175; coef. 1/3 de 20 jus art. 41 de Ley de Aranceles G Nº 2212). ASI VOTO.- - - - - - - - - - -
Los señores Jueces doctores Sergio M.BAROTTO, Ricardo A.APCARIAN, Enrique J.MANSILLA y Eduardo ROUMEC dijeron:- - - - - - - - - -
-----Adherimos al voto y resolución propuesta por la señora Jueza preopinante.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
-----ASI VOTAMOS.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - --
-----Por ello,
EL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA
R E S U E L V E:
Primero: Téngase por cumplimentada la sentencia del 7 de marzo de 2012 y a la remisión solicitada, no ha lugar, debiendo ocurrir el peticionante por la vía procesal que estime corresponder.- - - --
Segundo: Costas a la perdidosa y regular los honorarios profesionales del doctor Gustavo Kalamikoy, en la suma de pesos DOS MIL CIENTO SETENTA Y CINCO ($2.175; coef. 1/3 de 20 jus, art. 41 de Ley de Aranceles G Nº 2212). Notifíquese al Rte.de la Caja Forense y cúmplase con los aportes previstos por la Ley D Nº 869.-- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - --
Tercero: Regístrese, notifíquese y oportunamente, archívese.- --
(FDO)ADRIANA C.ZARATIEGUI-JUEZA-SERGIO M.BAROTTO- JUEZ-RICARDO A.APCARIAN-
JUEZ- ENRIQUE J.MANSILLA-JUEZ- EDUARDO ROUMEC-JUEZ.ANTE MI: EZEQUIEL LOZADA- SECRETARIO SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA
PROTOCOLIZACION: TOMO I SENT. N° 5 FOLIO 25/26 SEC. N° 4
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Poder Judicial de Río Negro