Proveído

Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 26758/13

N° Receptoría:

Fecha: 2014-02-05

Carátula: ASOCIACION CIVIL ARBOL DE PIE C MEDIN NORBERTO MARIANO Y OTROS S AMPARO S/ APELACION

Descripción: Sentencia

///MA, 4 de febrero de 2014.-

VISTO: Las presentes actuaciones caratuladas: “ASOCIACIÓN CIVIL ÁRBOL DE PIE C/MEDIN NORBERTO MARIANO Y OTROS S AMPARO S/ APELACION" (Expte.N°26758/13-STJ-), puestas a despacho para resolver, y- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - CONSIDERANDO:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

-----A fs. 381 la doctora Fernanda García Spitzer solicita se expidan sobre las costas y regulación de honorarios profesionales en las presentes actuaciones.- - - - - - - - - - - - - - - - - -

-----A 369/375 mediante Se.Nº 138 este Tribunal declaró la nulidad de la Sentencia de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de San Carlos de Bariloche, obrante a fs. 297/301, por la cual se rechazó la acción de amparo colectivo planteado y reenvió la presente causa a la Cámara de origen para que con distinta integración dicte nuevo fallo aplicando la normativa y doctrina legal en materia ambiental vigentes.- - - - - - - - - --

-----Que atento como se ha resuelto la cuestión y criterio sostenido en causa similares, corresponde imponer las costas en el orden causado (art.68 2do.pá. CPCyC).- - - - - - - - - - - -

-----Que en razón de lo expuesto precedentemente, corresponde fijar prudencialmente la retribución del profesional peticionante, teniendo en cuenta la amplitud, calidad y eficacia de la labor desarrollada a la luz de lo prescripto por el art. 15 de la L.A., regulando los honorarios profesionales la doctora Fernanda Garcia Spitzer en el 30% a calcular sobre los emolumentos que oportunamente se regulen en la Cámara de origen.- -----Por ello,

EL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

R E S U E L V E:

Primero: Imponer las costas en el orden causado (art.68 2do.pá. CPCyC).- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - --

Segundo: Regular los honorarios profesionales la doctora Fernanda Garcia Spitzer en el 30% a calcular sobre los emolumentos que oportunamente se regulen en la Cámara de origen (art.15 L.A.).- -

Segundo: Regístrese, notifíquese y oportunamente devuélvanse.- --

(FDO)ADRIANA C.ZARATIEGUI-JUEZA- SERGIO M.BAROTTO- JUEZ-LILIANA L.PICCININI- JUEZA- RICARDO A.APCARIAN-JUEZ EN ABSTENCION-ENRIQUE J.MANSILLA JUEZ EN ABSTENCION .ANTE MI: EZEQUIEL LOZADA SECRETARIO SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA

PROTOCOLIZACION: TOMO I SENT. N° 4 FOLIO 23/24 SEC.4

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