Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: D-2RO-701-C2013

N° Receptoría: D-2RO-701-C2013

Fecha: 2014-02-05

Carátula: PAINEMAN JUAN ANUAR C/ QUINIYAO MARIA ISABEL S/ APELACION JUZGADO DE PAZ (159-JP-13)

Descripción: Renuncia Poder

//neral Roca, 05 de FEBRERO de 2014.=

Al punto 1, estése al resuelvo de fs. 54 vta.

Al punto 2, téngase presente la renuncia formulada, hágase saber al firmante que deberá continuar con su gestión conforme lo dispuesto por el art. 53 inc. 2 del CPC. Notifíquese en el domicilio real al demandado para que en el término de cinco días de notificado comparezca en autos por sí o por apoderado bajo apercibimiento de continuarse el juicio en rebeldía. Notifiquese mediante cédula .-

MARIA DEL CARMEN VILLALBA

JUEZ SUBROGANTE

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Poder Judicial de Río Negro