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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 41792
Fecha: 2014-02-05
Carátula: MUNICIPALIDAD GRAL. ROCA C/ ROSA Enrique Luis y otro S/ EJECUTIVO
Descripción: Regulación
//neral Roca, 05 de Febrero de 2014.=
No habiéndo el demandado opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido según informa la Actuaria en éste acto, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar.-
Conforme lo dispuesto por los arts. 133 y 542 del C.P.C. las providencias quedarán notificadas por Ministerio de Ley.-
Regulo los honorarios del Dr.Santiago E. Silva (apoderado) en la suma de $ 1.697.- (M.B. $ 4.560,61.- arts.6 ,6 bis, 7 y 40 LA ) -La regulación se ha efectuado tomando en consideración la tarea efectivamente realizada, tiempo, extensión, etapas cumplidas, complejidad y éxito de la misma.- Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
Proveyendo el escrito de fs. 68, agréguese y téngase presente al denuncia de pago efectuada.
Estése a la regulación ordenada precedentemente.
MARIA DEL CARMEN VILLALBA
JUEZ SUBROGANTE
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Poder Judicial de Río Negro