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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 41691
Fecha: 2014-02-05
Carátula: MILLAMAN Angélica C/ SOLAIMAN Aldo Alberto S/ DESALOJO (Sumarísimo)
Descripción: CLAUSURA - a Defensoria
//neral Roca, 05 de FEBRERO de 2014.=
Certifique la actuaria.
SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
CERTIFICO: que habiendo vencido el período probatorio se han producido las siguientes pruebas ofecidas a fs. 56: ACTORA: documental. No resta producir prueba alguna de la actora. DEMANDADA: autos "SOLAIMAN Alberto S/Usurpación" (Expte. 47.051-J4-11) del Juzgado de Instrucción N° 4 de Gral. Roca (fs. 72), "SOLAIMAN ALdo S/Usurpación" (Expte. S.3-06-282) del Juzgado de Instrucción N° II de Bariloche (fs. 73). Mandamiento de constatación (fs. 59). No resta producir prueba alguna de la demandada.
Secretaria, 05 de FEBRERO de 2014.=
ROMINA ZILVESTEIN
Secretaria Subrogante
//neral Roca, 05 de FEBRERO de 2014.=
Atento la certificación que antecede, clausúrase el período probatorio. Notifíquese.
FIRME la misma, pónganse los autos en Secretaria a fin de que las partes aleguen por su orden.
Pasen los presentes al despacho de la Defensora Oficial Dra. Maria Cristina Diaz.
MARIA DEL CARMEN VILLALBA
JUEZ SUBROGANTE
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Poder Judicial de Río Negro