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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0347/2012
Fecha: 2014-02-04
Carátula: SANOCKI LEANDRA ELIZABETH Y OTRO C/ GOYENERRE ORFILIO Y OTRO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
Descripción: CEDULA SECRETARIA Cit en garantía
PROVINCIA DE RÍO NEGRO
PODER JUDICIAL
Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería N° 3
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C E D U L A
Señor: LA PERSEVERANCIA SEGUROS S.A. (Dres. Emilio Martín Digüero - Francisco Raúl Digüero)
Domicilio: BUENOS AIRES Nº 446 L.3 (constituido)
Ciudad: VIEDMA
Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "SANOCKI LEANDRA ELIZABETH Y OTRO C/GOYENERRE ORFILIO Y OTRO S/DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)", Expte. Nº 0347/2012, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría a mi cargo, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: "Viedma, 14 de noviembre de 2014.- Atento lo peticionado y constancias obrantes en autos, a los fines previstos en el art. 361 del CPCC, fíjase nueva audiencia para el día 20 de marzo de 2014 a las 09:30 horas, a la que deberán comparecer las partes personalmente, munidas de sus documentos de identidad, con asistencia letrada, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 362 del CPCC.- Notifíquese por Secretaría y a la sra. Defensora de Menores e Incapaces en su despacho.- Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez ".-
QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO
Viedma, de febrero de 2014.-
*05TXHO.BTXNLS*
Luciano Minetti Kern
Secretario Subrogante
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Poder Judicial de Río Negro