Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0399/2005

N° Receptoría:

Fecha: 2006-05-29

Carátula: CAJA PREVISIONAL NOTARIAL DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ RODRIGUEZ ANA MARGARITA S/ EJECUCION FISCAL

Descripción: EMBARGO AUTOMOTOR-RECHAZA MEDIDA CAUTELAR

EXPTE. No 0399/2005

CARATULA:CAJA PREVISIONAL NOTARIAL DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ RODRIGUEZ ANA MARGARITA S/ EJECUCION FISCAL.-

Viedma, mayo de 2.006.-

Atento lo peticionado y el estado de las presentes actuaciones, trábese embargo sobre el automotor dominio BGZ 008, hasta cubrir las sumas de $ 10.679 en concepto de capital de sentencia, incluídos los honorarios, con más la suma de $ 1.697 que se presupuesta provisoriamente para cubrir intereses, costos y costas del juicio, siempre y cuando se encuentre inscripto a nombre de la demandada, sra. Ana Margarita Rodriguez. A tal fin, líbrese oficio al Registro de la Propiedad del Automotor nº 2 de esta ciudad.-

No estando suficientemente acreditados los presupuestos necesarios para viabilizar la medida cautelar, a la misma, en este estado, no ha lugar.-

a.p.

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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Poder Judicial de Río Negro