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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0399/2005
Fecha: 2006-05-29
Carátula: CAJA PREVISIONAL NOTARIAL DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ RODRIGUEZ ANA MARGARITA S/ EJECUCION FISCAL
Descripción: EMBARGO AUTOMOTOR-RECHAZA MEDIDA CAUTELAR
EXPTE. No 0399/2005
CARATULA:CAJA PREVISIONAL NOTARIAL DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ RODRIGUEZ ANA MARGARITA S/ EJECUCION FISCAL.-
Viedma, mayo de 2.006.-
Atento lo peticionado y el estado de las presentes actuaciones, trábese embargo sobre el automotor dominio BGZ 008, hasta cubrir las sumas de $ 10.679 en concepto de capital de sentencia, incluídos los honorarios, con más la suma de $ 1.697 que se presupuesta provisoriamente para cubrir intereses, costos y costas del juicio, siempre y cuando se encuentre inscripto a nombre de la demandada, sra. Ana Margarita Rodriguez. A tal fin, líbrese oficio al Registro de la Propiedad del Automotor nº 2 de esta ciudad.-
No estando suficientemente acreditados los presupuestos necesarios para viabilizar la medida cautelar, a la misma, en este estado, no ha lugar.-
a.p.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro