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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: T-2RO-5-C3-13
N° Receptoría: T-2RO-5-C2013
Fecha: 2014-02-04
Carátula: PAINEMAN JUAN ANUAR C/ ENTRERRIOS PASCUA ANGELICA S EJECUTIVO S/ QUEJA - JUZGADO DE PAZ
Descripción: remitir al Juzg. de Paz
General Roca, 04 de febrero de 2014.s-
Al punto 1), estése a la resolución de fs. 19 y a las constancias del expte. PAINEMAN JUAN ANUAR C/ENTRERRIOS PASCUAL ANGELICA S/APELACIÓN JUZGADO DE PAZ (EJECUCIONES) (M-2RO-129-C3-13).-
Téngase presente la renuncia formulada y hágase saber al firmante que deberá continuar con sus gestiones conforme con el art. 53 del C.P.C..-
Notifíquese al poderdante para que dentro del término de cinco días comparezca en autos por sí o por apoderado, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. antes citado.
Para su cumplimiento, líbrese cédula.-
Vuelvan las presentes actuaciones al Juzgado de Paz de esta ciudad, a fin de que continúe el trámite según su estado.-
MARIA DEL CARMEN VILLALBA
JUEZ SUBROGANTE
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Poder Judicial de Río Negro