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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0865/2013
N° Receptoría: D-1VI-861-C2013
Fecha: 2014-02-03
Carátula: YACOBITI DAVID RUBEN C/ AVELLANEDA MARIO ROBERTO Y OTRO S/ PREPARACION DE LA VIA EJECUTIVA
Descripción: no se hace lugar - se mantiene providencia
EXPTE. No. 0865/2013
YACOBITI DAVID RUBEN C/ AVELLANEDA MARIO ROBERTO Y OTRO S/ PREPARACION DE LA VIA EJECUTIVA
Viedma, de febrero de 2014.-
Atento el estado de autos y toda vez que los argumentos vertidos por la parte recurrente no conmueven los tenidos en cuenta para el dictado de la providencia obrante a fs. 26, toda vez que el libramiento de un oficio ley 22.172 no implica el desplazamiento de la competencia oportunamente pactada por las partes, y teniendo en cuenta que en su caso los costos que ello implique podrán oportunamente ejecutarse, a la revocatoria interpuesta no ha lugar, manteniéndose en todos sus términos la providencia atacada.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro