include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0016/2010
Fecha: 2014-02-03
Carátula: RODRIGUEZ BLANCA ISABEL C/ MUTUAL PARA EL MAGISTERIO RIONEGRINO Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
Descripción: CEDULA SECRETARIA-con preguntas por pantalla
PROVINCIA DE RÍO NEGRO
PODER JUDICIAL
Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería N° 3
___________
C É D U L A
Señor: Néstor Torres y Cristo Guenumil
Domicilio: J.M. Guido 1227 - (constituido)
Ciudad: Viedma
Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "RODRIGUEZ BLANCA ISABEL C/MUTUAL PARA EL MAGISTERIO RIONEGRINO Y OTROS S/DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)", Expte. Nº 0016/2010, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría a mi cargo, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: Viedma, 31 de octubre de 2.013.-...Atento el estado de autos y la voluminosidad de la documental reservada en Secretaría bajo registro R-05/10, 21/10 y 11/12, devuélvase a sus presentantes Dres. Cristo Walter Guenumil y Néstor Torres, bajo debida constancia. A cuyo fin póngase a su disposición por el término de 48 hs. Cumplido dicho plazo sin constar su retiro, procédase a su devolución mediante cédula al domicilio por ellos constituido....Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez ".-
QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO
Viedma, de febrero de 2014.-
*05TXHO.B33R9O*
Angela Clara Contreras
Prosecretaria
<*****>
Poder Judicial de Río Negro